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En General Pico no se podrá vender nafta a menores de 16 años. Las estaciones de servicio que incumplan la ley serán multadas

La iniciativa presentada en el Concejo Deliberante (CD), desde el bloque Pueblo Nuevo, logró la aprobación y ahora en la ciudad no se podrá vender nafta a los menores de 16 años. La nueva ordenanza establece onerosas multas para las estaciones de servicio que no cumplan con la normativa.

En la sesión del CD realizada ayer uno de los despachos de comisión que logró aprobación unánime fue la presentada por el edil Mariano Sánchez. El concejal, en diálogo con LA ARENA, indicó que se trató en comisión la iniciativa y con unas pequeñas modificaciones avanzó hacia una nueva reglamentación local.

Sánchez dijo que ahora las estaciones de servicio deberán colocar cartelería fija, con un tamaño mínimo de 30 centímetros por 30 centímetros, con el anuncio de la prohibición. Y quienes infrinjan está regulación tendrán una multa mínima de 200 a mil unidades fijas que se calculan por el valor del litro de nafta, e incluso una clausura de tres a 10 días. Con la reincidencia la pena se irá agravando.
Los controles del cumplimiento de esta ordenanza estarán a cargo del municipio, a través de la Dirección de Comercio. “Esto sería similar a lo que ocurre con la venta de alcohol a menores. Con un sistema parecido. No sé si siempre se puede corroborar pero cuando es detectado se prevé la infracción”, señaló.

Sustancia peligrosa.
El edil refirió que en otras ciudades se han aplicado normativas similares. Porque se trata de una sustancia peligrosa para que sea manipulada por menores de edad, tiene que ver con la prevención de ciertos delitos como el incendio de vehículos, y con la salud pública porque “está comprobado que usan la nafta para inhalarla con daños severos”.

La aplicación para los menores de 16 años se relaciona con las edades de conducción habilitadas. A partir de los 17 hay un carné habilitante para ciertos vehículos, o sea que el combustible sería utilizado para ese fin.
Consultado sobre la situación en la que se verán los expendedores de combustible, Sánchez aseguró que él mismo se acercó a los playeros para ver cómo estaban manejando la venta a menores, muchos de los empleados refirieron que no les estaban dando nafta. “Yo creo que ellos mismos lo venían aplicando de hecho, porque cuando veían situaciones sospechosas no estaban vendiendo. Tampoco es común ver a un menor con un bidón de cinco litros de combustible, son casos excepcionales.”, afirmó.

El edil resaltó que a diferencia de las normativas existentes en otros lugares, donde la prohibición se restringe a la venta fraccionada se restringe a menores de 18 años, en General Pico se tomará como edad límite los 16 años.
De esta forma, se incorpora al artículo 458, inciso 17 “infracciones diversas” de la ordenanza fiscal y tarifaria, el punto 23 destinado a la venta de combustibles a menores de edad con una infracción monetaria mínima que puede llegar a los 3.100 pesos y a partir de ese monto incrementarse hasta 17 veces.

La Arena